
Maltrato Infantil
Conviene señalar más que la definición en si misma de maltrato infantil, las características comunes, ya que a pesar que bajo el término genérico de maltrato infantil se engloban diversos tipos de situaciones, diferentes en su detección, etiología, tratamiento y prevención. Todas ellas, tienen diferentes características comunes, las cuales exponemos de forma resumida:
– Afectan negativamente a la salud física y/ o psíquica del niño/ a y comprometen su adecuado desarrollo integral.
– Constituyen la manifestación y resultado de un conjunto de problemas que afectan al bienestar psicológico de los padres/ tutores, y a su entorno presente y pasado.
– Sus efectos negativos aumentan en intensidad a medida que la situación se cronifica o es más severa.
Manifestaciones/Tipología del maltrato infantil
Podemos nombrar doce situaciones que actualmente se identifican como maltrato infantil:
Maltrato físico:
«Cualquier acción no accidental por parte de los padres/ tutores que provoque daño físico o enfermedad en el niño o le coloque en grave riesgo de padecerlo».
– Indicadores físicos en el niño:
a) Magulladuras o moratones en el rostro, labios o boca, en zonas extensas del torso, espalda,… Todas ellas en diferentes fases de cicatrización o localización, tamaño, número o forma no habituales (con marcas de objetos).
b) Quemaduras con formas definidas de objetos concretos o de cigarrillos o puros, e incluso realizadas por inmersión en agua caliente.
c) Fracturas de nariz o mandíbula o en espiral de los huesos largos.
d) Torceduras o dislocaciones.
e) Señales de mordeduras humanas claramente realizadas por un adulto y reiteradas.
f) Cortes o pinchazos.
g) Lesiones internas, fracturas de cráneo, daños cerebrales hematomas, asfixia y ahogamiento.
Para identificar la presencia de maltrato físico ha de cumplirse al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Como mínimo en una ocasión se ha detectado la presencia de al menos uno de los indicadores. Las lesiones físicas no son «normales» en el rango de lo previsible en un niño de su edad y características (bien por su mayor frecuencia o intensidad, por ser lesiones aparentemente inexplicables o no acordes con las explicaciones dadas por el niño y/ o los padres, etc).
2. No se ha percibido claramente ninguno de los indicadores señalados, pero hay un conocimiento certero de que el niño ha padecido alguna de las lesiones físicas indicadas como resultado de la actuación de sus padres o tutores
3. No existen lesiones físicas pero hay un conocimiento certero de que los padres/ tutores utilizan un castigo corporal excesivo o palizas hacia el niño. Para que estos dos tipos de acciones sean calificadas como maltrato físico, deberían estar presentes los siguientes factores:
– La intensidad de la reacción del padre/ madre no se corresponde con la gravedad del comportamiento del niño. O la disciplina administrada no es apropiada o no está en concordancia con los intereses del niño en función de su edad o nivel de desarrollo.
– Parece que el padre/ madre no controló su reacción por lo que prolongó el castigo.
– Además de lo anterior, el niño presenta una reacción de tensión emocional no justificada.
Maltrato psíquico (emocional):
«Hostilidad verbal crónica en forma de insulto, desprecio, crítica o amenaza de abandono, y constante bloqueo de las iniciativas de interacción infantiles (desde la evitación hasta el encierro o confinamiento) por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar».
– Tipos de conducta que comprende:
a) Rechazo: En general, implica conductas de los padres/ tutores que comunican o constituyen abandono:
– De cero a dos años: Rechazo activo por parte del padre/ madre a aceptar las iniciativas primarias de apego del niño, a las iniciativas de éste y, a las respuestas naturales/ normales al contacto humano.
– Hasta los cuatro años: Exclusión activa del niño de las actividades familiares.
– Edad escolar: Transmisión constante al niño de una valoración negativa de sí mismo.
– Adolescencia: Rechazo a aceptar los cambios en el rol social esperados en el joven (es decir, evolucionar hacia una mayor autonomía y autodeterminación).
b) Aterrorizar: Se refiere a situaciones en las que se amenaza al niño con un castigo extremo o con uno vago pero siniestro, que intentan crear en él un miedo intenso. También se puede aterrorizar al niño creando hacia él unas expectativas inalcanzables con amenaza de castigo por no alcanzarlas:
– De cero a dos años: Ruptura consistente y deliberada de la tolerancia del niño a los cambios y a los nuevos estímulos.
– Hasta los cuatro años: Utilización de gestos y palabras exagerados que pretenden intimidar, amenazar o castigar al niño.
– Edad escolar: Exigencia al niño de respuesta a demandas contradictorias de los padres/ tutores.
– Adolescencia: Amenaza al joven de exponerle a la humillación pública
c) Aislamiento: Se refiere a privar al niño de las oportunidades para establecer relaciones sociales:
– De cero a dos años: Negación al niño de la posibilidad de interactuar de manera continuada con los padres u otros adultos.
– Hasta los cuatro años: El padre/madre le enseña a evitar cualquier contacto social que no sea con él.
– Edad escolar: Evitación activa de que el niño mantenga relaciones normales con sus compañeros.
– Adolescencia: Evitación activa de que el joven participe en las actividades organizadas e informales fueras del hogar.
d) Violencia doméstica extrema y/ o crónica: Se producen de manera permanente situaciones de violencia física y/ o verbal entre los padres en presencia del niño.
Para definir la existencia de este tipo de maltrato debe presentarse al menos una de las situaciones anteriores de manera reiterada y/o continua, y la presencia de tal/es indicador/es ha de ser claramente perceptible.
Negligencia física:
«Las necesidades físicas básicas del niño (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y/ o cuidados médicos) no son atendidas temporalmente o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño».
– Indicadores en el niño:
a) Alimentación: No se le proporciona la alimentación adecuada. Está hambriento.
b) Vestido: Vestuario inadecuado al tiempo atmosférico. El niño no va bien protegido del frío.
c) Higiene: Constantemente sucio, escasa higiene corporal.
d) Cuidados médicos: Ausencia o retraso importante en la atención médica de los problemas físicos, enfermedades o necesidades. Ausencia de cuidados médicos rutinarios.
e) Supervisión: El niño pasa largos períodos de tiempo sin la supervisión y vigilancia de un adulto. Se producen repetidos accidentes domésticos claramente debidos a la negligencia por parte de los padres/ cuidadores del niño.
f) Condiciones higiénicas y de seguridad del hogar que son peligrosas para la salud y seguridad del niño.
g) Área educativa: Inasistencia injustificada y repetida a la escuela
Para definir la existencia de negligencia física, debe presentarse uno o varios de los indicadores de manera reiterada y/o continua.
Negligencia psíquica (emocional):
«Falta persistente de respuesta a las señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el niño y falta de iniciativa de interacción y contacto por parte de una figura adulta estable».
– Tipos de conducta que comprende:
a) Ignorar: Se refiere a aquellas situaciones en las que hay una ausencia total de disponibilidad de los padres hacia el niño, o cuando éstos se muestran inaccesibles e incapaces de responder a cualquier conducta del niño:
– De cero a dos años: No provisión de respuesta a las conductas sociales espontáneas del niño.
– De dos a cuatro años: Frialdad y falta de afecto en el tratamiento del padre/ madre al niño; no participación e las actividades diarias del niño
– Edad escolar: Fracaso en proteger al niño de las amenazas externas o en intervenir a favor de éste aun sabiendo que necesita ayuda.
– Adolescencia: Renuncia por parte de los padres al rol parental y ausencia total de interés por el joven.
b) Rechazo de atención psicológica: Rechazo de los padres/ tutores a iniciar un tratamiento de algún problema emocional o conductual del niño, existiendo acceso a un recurso de tratamiento que ha sido recomendado por profesionales competentes.
c) Retraso en la atención psicológica: Los padres/tutores no proporcionan o buscan ayuda psicológica para resolver una alteración emocional o conductual del niño ante una circunstancia extrema en la que es evidente la necesidad de ayuda profesional (por ejemplo, depresión severa, intento de suicidio, etc.).
Para poder definir la existencia de negligencia psíquica debe de presentarse al menos una de las situaciones anteriores de manera reiterada y/ o continua, y su presencia ha de ser claramente perceptible.
Abuso sexual:
«Cualquier clase de contacto sexual con un menor de edad, o su utilización directa como objeto de estimulación sexual, cuando no haya alcanzado la edad y la madurez para consentirlo o,